Mayor impuesto para sueldos sobre $4 millones y beneficios para clase media: Gobierno presenta Reforma Tributaria

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La mañana de este viernes el Presidente de la República, Gabriel Boric, junto al ministro de Hacienda, Mario Marcel, dio a conocer los detalles del proyecto de Reforma Tributaria, la cual permitirá aumentar la recaudación fiscal neta en 4,1% del PIB para financiar cerca de la mitad del costo del programa de Gobierno.

¿Qué dijo?
El Mandatario, señaló que “el objetivo de una reforma tributaria es avanzar en mayor equidad, en mayor igualdad y cohesión social, para que todos estemos un poco más protegidos (…), esos son los derechos sociales, que buscamos financiar de manera responsable con ingresos permanentes para gastos permanentes, es darle un colchón de seguridad, tranquilidad y certidumbre a las familias de Chile, en educación, salud, desarrollo regional y equidad territorial”.
“Esta reforma es a favor, es por una mayor equidad, por una mayor cohesión social y no es en contra de nadie, es para una mejor distribución de la riqueza que entre todos generamos”, detalló.
Aclaraciones de Marcel
El secretario de Estado, indicó que “el Gobierno, en término de los propósitos de esta reforma, no solamente está buscando generar mayor recaudación para financiar sus programas prioritarios por el lado del gasto, sino que también busca fortalecer la progresividad del sistema tributario, reducir los costos del cumplimiento tributario, reducir la evasión y elusión, y también reconocer el compromiso que significa un aumento de recaudación en términos de un uso eficiente y responsable de los recursos públicos”.

Respecto al tema de los arriendos, explicó que “están consideradas dos cosas, por un lado, terminar con la exención del impuesto a la renta a los arriendos de propiedades DFL2, hay que tener claro que los arriendos en Chile, los ingresos por arriendos, están sujetos por impuesto global complementario, no es que se esté inventando un impuesto, y lo que ocurre es que hay mucha gente que no los declara y no los paga, por lo tanto, lo único que se está haciendo respecto de los arriendos, es en el caso particular del DFL2, eliminar la exención que hoy existe para arriendos”.
Por otro lado, aclaró que “lo que no es tan marginal, es la creación de este crédito o beneficio tributario, a la persona que paga por el arriendo. Hoy existe una exención tributaria para los intereses de crédito hipotecario, es decir, para quien está comprando una vivienda con un crédito hipotecario, pero para quien arrienda una vivienda no existía un beneficio equivalente, ahora se está creando ese beneficio y es mucho más significativo en término de las personas a las que beneficia que el tema de las exenciones del DFL2”.
¿En qué consiste la reforma tributaria?
Impuesto a la renta
Cambio de sistema: se establece un sistema dual que separa la tributación de la empresa de la tributación de sus socias y socios. Este cambio implica una importante simplificación del sistema tributario y la reducción de las horas de cumplimiento tributario del contribuyente, pues se reducirán los registros y los formularios que deberá presentar en la declaración anual de impuestos.
Reducción de tasas corporativas: el impuesto de primera categoría (IDPC) se reduce del 27% actual a 25%.
Nuevo impuesto Tasa de Desarrollo: se crea un impuesto o Tasa de Desarrollo de 2% que la empresa podrá descontar si acredita que ha destinado parte de sus inversiones a financiar proyectos relacionados a innovación y desarrollo (I+D), adquisición de manufactura y servicios de alta tecnología a proveedores locales, adquisición de bienes y servicios desarrollados con apoyo público, entre otras que impliquen inversión en productividad.
Impuesto a las rentas del capital: equivalente a un 22%, que se aplicará a los dividendos pagados por las corporaciones cuando distribuyan a personas naturales o no residentes. En el caso de residentes en Chile, podrán alternativamente reliquidar sus impuestos incorporando el dividendo a su impuesto global complementario. Se mantiene la tributación para no residentes en países con convenios para evitar la doble tributación, es decir, un impuesto adicional de 35% en un sistema integrado donde el impuesto de primera categoría funciona como crédito.
Beneficios a la clase media: se contemplan dos casos en que las personas naturales podrán efectuar deducciones de su base imponible de impuesto personal: el gasto por arriendo con un tope de 8 UTA ($450.000 al mes); y el gasto asociado al cuidado de menores de 2 años y personas con grados de dependencia severa, con un tope de 10 UTA ($550.000 al mes).
Cuidado con la Pyme: el régimen y los beneficios que hoy existen para las pymes se mantendrán en las mismas condiciones. Adicionalmente, se incorporan a los beneficios en inversión en I+D privada donde la parte que constituye un crédito contra el IDPC tendrá el carácter de un crédito reembolsable, funcionando como un subsidio. Para fomentar el crecimiento de las Pymes se incentivará el desarrollo de la inversión pública y privada en capital de riesgo.
Se incorporan otros beneficios para las Pymes tales como un crédito especial IVA para nuevos emprendimientos que permitirá acompañar a los emprendedores en su primer año de operación y asimismo fomentar la formalización. También se reduce la tasa de interés por impuestos adeudados y se generan incentivos al pronto pago.
Impuestos Personales: se establece un aumento de Impuestos personales solo en la segunda parte de los actuales tramos. Más del 97% de estos contribuyentes mantendrán su carga tributaria actual, pues los incrementos de tasas inician sobre aquellas personas con ingresos mensuales superiores a $4.030.000.
Impuestos a la riqueza
Un impuesto a los altos patrimonios favorece la mayor progresividad del sistema, y Chile empezará a transitar en esa dirección gravando a 6.300 personas naturales con domicilio o residencia en Chile, respecto a su riqueza mantenida tanto en Chile como en el extranjero.

Se establecen dos tramos para este impuesto con un tramo exento de US$ 5 millones: el primer tramo irá entre US$5 millones a US$15 millones, con una tasa marginal de 1%; el segundo tramo tendrá una tasa de 1,8% sobre la parte del patrimonio que supere los U$$15 millones. Dentro del patrimonio a declarar se consideran, entre otros, la participación en sociedades, los inmuebles, vehículos, portafolios de inversiones e instrumentos financieros.

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