Empresas deberán contratar seguro obligatorio para trabajadores a causa del coronavirus

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Esta miércoles, el ministro del Trabajo y Previsión Social, Patricio Melero, junto al subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, y el director del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Manuel Cañón, dieron a conocer la promulgada Ley 21.342 que dispone Medidas de Protección para el Retorno Gradual y Seguro al Trabajo, en el marco de la crisis sanitaria por coronavirus.
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Lo anterior, fruto de un acuerdo alcanzado entre el Gobierno y la oposición, luego que los senadores, Alejandro Guillier, Carolina Goic, Francisco Chahuán, Adriana Muñoz y Juan Pablo Letelier, entre otros, presentaran una propuesta en la materia en el Congreso.
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Fue en las instalaciones de la empresa CHC en Lampa, donde las autoridades detallaron los alcances de esta nueva ley que tiene por objetivo reforzar la protección de los trabajadores frente al coronavirus en su retorno presencial al trabajo, y ofrecer teletrabajo o trabajo a distancia para trabajadores de alto riesgo en salud.

En paralelo, la norma establece la eliminación del período de carencia de las licencias médicas por Covid-19 existente en licencias de menos de 11 días, y la creación de un seguro de salud y vida para aquellos trabajadores presenciales o semipresenciales que se contagien de la enfermedad.
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“Con este nuevo seguro y las medidas adicionales que estamos incluyendo en esta normativa, damos un paso más extenso y seguro en la protección de las y los trabajadores frente al Covid-19 en su retorno al trabajo”, señaló el ministro Melero.
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Esta línea, agregó que “en un contexto donde la salud de todos es la principal motivación para trabajar unidos, tanto el Estado como las empresas deben trabajar en conjunto para cumplir con responsabilidad de proteger a quienes son el principal motor de un país: sus trabajadores”, dijo.
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Según precisó el titular de Trabajo, la nueva ley obliga, además, a los organismos administradores del seguro de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (OAL) a elaborar un “protocolo tipo” para sus empresas adheridas o afiliadas, basado en las instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).

“Los empleadores que no contraten el seguro deberán pagar las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, además de asumir sanciones, y las que NO cuenten con un protocolo de seguridad sanitaria laboral Covid-19, no podrán retomar o iniciar la actividad laboral de carácter presencial”, puntualizó la autoridad.

Carencia
Por su parte el subsecretario Pedro Pizarro, en tanto, detalló la importancia de otro importante cambio que incluye la nueva ley, que es la eliminación del período de carencia en licencias médicas por coronavirus.

“Se elimina la carencia de los 3 primeros días respecto del pago de licencias médicas por coronavirus, que hoy existe para enfermedades y accidentes comunes respecto de licencias inferiores a 11 días, lo que implica dar más cobertura de salud a las personas en momentos en que esta protección es clave para estar tranquilos y dar seguridad de que al volver al trabajo contamos con apoyo”, señaló.

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El ministro Melero anunció además la firma del Decreto Supremo N° 930, por el cual se extiende la vigencia (duración) de las normas de suspensión de la Ley de Protección del Empleo, en 3 meses más, esto es, hasta el 6 de septiembre de 2021.

De esta manera, el ajuste permite 3 giros adicionales con cargo al Fondo de Cesantía Solidario del Seguro de Cesantía, por lo que aquellos trabajadores que estén suspendidos por acto de autoridad, y hayan agotado sus giros con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, tendrán derecho a hasta 18 giros con cargo a dicho fondo. Estos giros se calcularán al 45% del promedio de su remuneración, con los topes máximos mínimos vigentes a esta fecha.

De igual forma, el ministro anunció la ampliación de la duración de la Ley N° 21.263, que mejora las prestaciones a pagar a los trabajadores acogidos a la Ley de Protección del Empleo, rebaja los requisitos de acceso al Seguro de Cesantía y mejora las prestaciones que se pagan en virtud de dicho seguro. Gracias a ello, la vigencia se extiende a también en tres meses más, esto es, hasta el 6 de septiembre de 2021.

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