Senado aprueba informe de Ley Antonia: Iniciativa está lista para ser promulgada

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La tarde de este miércoles, el Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de Ley Antonia, el cual protege los derechos de las víctimas de delitos sexuales y evita su revictimización.

Con esto, el proyecto vuelve a la Cámara de Diputados, para que esta corporación le informe al Gobierno que puede promulgar la ley.

“Aprovechamos de expresar nuestra solidaridad a los familiares de Antonia Barra y felicitarlos además por el enorme esfuerzo que realizaron para que esta ley finalmente se hiciera realidad”, dijo tras la aprobación el presidente de Senado, Álvaro Elizalde (PS).
Por su parte, la senadora Claudia Pascual (PC), presidenta de la Comisión Mixta destacó que “este es un avance relevantísimo para sancionar conductas graves que han afectado a –principalmente- mujeres, provocando injusticias y dolores irreparables como es la pérdida de vidas”.

Ley Antonia
El sitio del Senado explica que el proyecto recientemente aprobado “incluyen una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, para un trato digno y resguardando la vida, la integridad física, y la indemnidad sexual de las víctimas”.

“Asimismo, se incluye un estatuto de garantías para evitar la revictimización, que surgieron a raíz del caso de Antonia Barra”, agregan.

En el informe de la Comisión Mixta se incorporaron las figuras de inducción al suicidio y suicidio femicida, lo que castiga con hasta 10 años de cárcel a quienes en el marco de la violencia de género causen el suicidio de una mujer.

En el proyecto de ley queda establecido que la Violencia de Género es “cualquier acción u omisión basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer. Ello, donde quiera que esto ocurra, especialmente en razón de su género”.

En cuanto a las penas específicas de la inducción al suicidio, se estableció que esta será de 3 años de presidio; si se produce la muerte, aumenta a 5 años de cárcel; y si esta inducción y muerte se produce por circunstancias relativas a la razón de género, el agresor recibirá hasta 10 años de pena.

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