Fiestas Patrias: las restricciones que impone la nueva Ley de Alcoholes y lo que no hay que olvidar
Vienen las Fiestas Patrias, las segundas consecutivas en medio de la pandemia, lo que no impide que se instale un ánimo festivo.
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De hecho, la mejoría en las cifras relativas al covid-19 debido a la campaña de vacunación han hecho que desde el Gobierno lanzaran el mes pasado la campaña “18 Seguro parte por casa”, el plan sanitario de cara a unas Fiestas Patrias responsables y sin riesgos.
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Sin embargo, la emergencia sanitaria no ha terminado, por eso hay que seguir atentos y manteniendo los resguardos conocidos por todo el mundo: uso de mascarilla, mantener el distanciamiento social, lavado frecuente de las manos y uso de alcohol gel.
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En este marco y considerando las Fiestas Patrias, bien cabe recordar que además en lo relativo a la compra y consumo de bebidas alcohólicas desde hace poco más de un mes en nuestro país rige una renovada norma legal.
Se trata de la nueva Ley de Alcoholes, la 19.925, que partió el pasado 6 de agosto y fue tramitada en el Parlamento durante quince años.
Por medio de esta ley se espera disminuir el consumo de alcohol en Chile, que nos tiene en el primer lugar de Sudamérica con 9,6 litros anuales por persona según la Organización Mundial de la Salud, OMS.
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Esta nueva Ley de Alcoholes tiene normativas que abordan la venta, el etiquetado y la publicidad de estos productos, aunque no todas entraron en vigencia al mismo tiempo.
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La prevención en la nueva Ley de Alcoholes
La Ley 19.925 posee los siguientes puntos, que ya son válidos para estas Fiestas Patrias:
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1.- Prohibición de la venta en estaciones de servicio o bombas de bencina, salvo que tengan establecimientos o restaurantes que cuenten con la debida patente de alcohol.
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2.- Obligación de mostrar la cédula de identidad u otro documento de identificación para adquirir la bebida alcohólica.
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3.- Prohibición del ingreso de menores de 18 años a discotecas cuando en ellas sean vendidas bebidas alcohólicas.
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4.- Obligación de exhibir la cédula de identidad o un documento de identificación al momento de entrar a cabarés, cantinas, bares, tabernas y discotecas.
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Sobre el etiquetado para no olvidar en Fiestas Patrias
1.- Se debe advertir sobre las consecuencias nocivas que tiene para las personas el consumo de bebidas alcohólicas, de forma especial en poblaciones de riesgo. Esto entrará en vigencia doce meses después de la publicación de la Ley en el Diario Oficial.
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2.- Hay que que informar sobre la cantidad de energía presente en las bebidas alcohólicas, lo que regirá 24 meses después de la publicación de la Ley.
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La publicidad en la nueva Ley de Alcoholes
Gran parte de las normas sobre aspecto estarán operativas 36 meses después de la publicación de la norma:
1.- Limitar los horarios de la publicidad en la televisión, por lo que los comerciales solo podrán ser emitidos entre las 22:00 horas y las 06:00 horas. Y en las radios estará prohibido publicitar alcoholes entre las 16:00 horas y las 18:00 horas.
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2.- Estará prohibida la publicidad en actividades deportivas, salvo en grandes eventos.
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3.- Quedará prohibida en artículos deportivos y objetos promocionales vinculados a la actividad deportiva.
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3.- Se prohibirá cualquier tipo de publicidad en productos o actividades destinadas de forma exclusiva a los menores de edad.
5.- Prohibición en bienes de uso público, menos los letreros o señaléticas en rutas asociadas a la actividad productiva de bebidas alcohólicas.