Fiscalía logra pena efectiva de 17 años para autor de homicidio en San Antonio
Ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo penal de San Antonio, presidida por la magistrada Daniela Herrera Faúndez e integrada por las jueces Constanza Encina Zacur y Rosa Caballero Burgos, se desarrolló el juicio en contra de un hombre de 34 años, de nacionalidad chilena, acusado por el Ministerio Público en calidad de autor de los delitos de homicidio y de porte y tenencia ilegal de arma de fuego y municiones, hechos perpetrados durante el año 2025 en la comuna de San Antonio.
“El día 10 de febrero, en horas de la madrugada, el acusado, premunido de un arma de fuego, se dirigió hasta el domicilio de la víctima, ubicado en el sector de Llolleo, donde le disparó con ánimo homicida. La víctima recibió dos impactos balísticos, uno en el cráneo y otro en el hombro derecho, este último con compromiso del pulmón derecho, falleciendo en el lugar a consecuencia de un traumatismo torácico por proyectil balístico y shock hipovolémico. Posteriormente, el imputado se dio a la fuga. Luego, el día 25 de febrero, alrededor de las 18:00 horas, en calle Los Huemules, fue detenido en virtud de una orden emanada del Juzgado de Garantía de San Antonio. Al momento de su aprehensión, mantenía y portaba un arma de fuego tipo revólver, que contenía en su interior cinco cartuchos balísticos convencionales, y además portaba en el bolsillo de su pantalón otros siete cartuchos balísticos, todo ello sin contar con la debida autorización legal”, explicó el Fiscal ECOH, Juan Carlos Catalán.
Durante el juicio el Ministerio Público rindió prueba testimonial, pericial, documental y otros medios de prueba que buscaban acreditar los hechos.
“De este modo, se cumplen los presupuestos de utilización probatoria de los testimonios de oídas y, se cumplen a su turno, las condiciones de suficiencia probatoria, al concurrir elementos o datos corroborantes del contenido de sus manifestaciones originados en otras fuentes probatorias autónomas y objetivas; resultando la investigación completa, lógica y concordante entre sí, no dejando atisbo de duda respecto de la dinámica propuesta en un inicio y de la participación que en ella tuvo el encartado. Así, conforme se aprecia se pudo determinar que la acción homicida o destinada a dar muerte en este caso, efectivamente se verificó. En cuanto al nexo causal entre la acción homicida y el resultado, ha quedado acreditado, más allá de toda duda razonable, con las imágenes fotográficas proyectadas en audiencia”,señala la sentencia.
La Sala del Tribunal Oral en lo Penal de San Antonio condenó al acusado a cumplir la pena efectiva de 12 años de presidio mayor en su grado medio y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena impuesta, como autor del delito consumado de homicidio simple previsto y sancionado en el artículo 9 N° del Código Penal.
A su vez, se le condenó a cumplir la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, como autor del delito de posesión o tenencia de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo letras b) y c) en relación al artículo 9, todos de la ley 7 798, en grado de desarrollo consumado.

