Tribunal declara culpable de abuso sexual a director de Talita Cum

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Tras una semana de juicio, este martes se entregó el veredicto en el cual se declaró culpable al conocido director de teatro Claudio Pontigo por los delitos de estupro reiterado, además dos delitos de abuso sexual.
Cabe recordar que hace cuatro años fue cuando se hicieron las denuncias, respecto de casos de abuso sexual, los cuales habrían ocurrido cuando Pontigo era profesor de las victimas en la compañía “Talita Cum” en el sector de Bellavista.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio entregó su veredicto este martes respecto a los delitos de que se acusaba a Claudio Pontigo, declarándolo culpable por los delitos de estupro reiterado, además dos delitos de abuso sexual.
La sala de este tribunal y por una unanimidad llegó a decisión de que conforme a la valoración que se hizo de las pruebas rendidas en el juicio oral es posible dar por establecido que por una parte en fechas indeterminadas, entre los años 2010 y 2011 en una mediagua de la sede de la compañía de teatro Talita Cum, Pontigo valiéndose de su calidad de profesor de teatro de una de las víctimas, abuso sexualmente en diferentes ocasiones. Por otro lado, se estableció que en septiembre del año 2011, en el marco de un viaje realizado por la misma compañía de teatro, quien entonces era director de Talita Cum, también cometió actos de abuso sexual en contra de otra víctima. A esto se sumó que posteriormente, en una oportunidad en el año 2015, en dependencias de la compañía de teatro, se cometió otro de los delitos de abuso sexual en contra de la víctima.
“Los hechos descritos y la participación culpable del acusado en estos se encuentran acreditados en el juicio principalmente por la declaración de (las víctimas), unida a la restante prueba testimonial pericial, documental y fotografías exhibidas por el ente persecutor, los que aportaron elementos serios, múltiples, concordantes en lo esencial y suficientes para acreditar más allá de toda duda razonable cada una de las de las proposiciones fácticas que se tuvieron por establecida, generando en estos jueces la convicción de que realmente se produjeron los hechos en los términos que se indicaron, sin que la prueba de la defensa haya generado alguna duda que merme a aciertos probatorios del Ministerio Publico. En efecto, de tal prueba es posible inferir el contexto en que se desarrollaron los hechos, esto es al interior del taller de teatro Talita Cum o bien en un viaje relativo a dicho taller, donde el acusado abusando de su calidad de director de tal taller, del prestigio con el que contaba, como de la confianza generada de las adolescentes que allí participaban comenzó a realizar comentarios y conductas de connotación sexual en contra de ellas, para luego realizar derechamente transgresiones en la esfera de su sexualidad en diversas índole”, relató la magistrada Daniela Herrera en la lectura de veredicto.
Es por ello que el relato de las victimas resultó creíble, observando un correlato emocional, verídico, sin dar cuenta de alguna animadversión previa respecto del acusado que pudiera conllevar una falsa incriminación, sino que tenían confianza en él, mientras que el taller tenía gran relevancia en sus vidas.
“Asimismo es posible descartar cualquier ganancia de una posible incriminación falsa, sino todo lo contrario, ya que debemos recordar que esta revelación no trajo más que costos y perjuicios para las víctimas, quienes se han visto expuestas a posibles cuestionamientos o incredulidades en su entorno social dado el prestigio del acusado, sumado a las declaraciones constantes que han tenido que prestar, debiendo incluso asistir a terapia reparatoria de carácter psicológico a raíz de estos hechos”, añade el veredicto.
En tanto, se indicó que las contradicciones de corrobación que agregó la defensa durante el proceso no fueron de carácter sustancial, que no afectaron la credibilidad del relato que entregaron las víctimas respecto a los delitos de abuso sexual.
“El tribunal por una unanimidad condena al acusado Claudio Benito Pontigo Guzmán como autor del ilícito de estupro reiterado en grado consumado en contra de una de las victimas entre los años 2010 y 2011 en la comuna de San Antonio; por el delito de abuso sexual propio cometido en contra de otra de las víctimas en septiembre de 2015 en Francia; y por el delito de abuso sexual propio en contra de la tercera víctima en 2015, también en la comuna de San Antonio. Además el tribunal lo absuelve de los cargos de violación formulado en su contra en relación a una adolescente, y de los cargos de abuso sexual formulados por otro denunciante”, indicó la magistrada Daniela Herrera.
Desde Fiscalía, ente persecutor en esta causa, señalaron que se espera una pena efectiva, la cual se conocerá el próximo 23 de enero.

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